21 de julio de 2012 Número 58 Directora General: CARMEN LIRA SAADE |
Cultivos transgénicos: ¿solución a la crisis alimentaria? (La Jornada)
|
Yolanda Massieu
• yola_massieu@hotmail.com
Hace ya casi 20 años que comenzaron a aparecer los cultivos transgénicos. Polémicos desde su nacimiento, y con siembra comercial en un reducido número de países, su avance ha sido constante a partir de 1995 (año en que se sembró por primera vez, en México y Estados Unidos, el jitomate transgénico FlvrSvr, de larga vida de anaquel).
En 2010 ocupan 148 millones de hectáreas en 29 países y sólo en diez de ellos se siembra más de un millón de hectáreas a nivel comercial, de los cuales destacan, por la magnitud de superficie sembrada, Estados Unidos, Brasil, Argentina, India y Canadá. Se trata básicamente de cinco cultivos: maíz, soya, algodón, canola o colza y papaya. La discusión respecto a su conveniencia comprende tanto riesgos para la salud del que los consume (lo cual no se ha demostrado fehacientemente, pero hay que recordar que la investigación al respecto es escasa y en muchos casos financiada por las propias corporaciones que los producen), como riesgos ambientales, los cuales son mucho más probables y en algunos casos, como el de la soya transgénica resistente a herbicidas, están más que demostrados.
Esta soya, que es el cultivo transgénico que más se siembra, sobre todo en Brasil, Argentina y Estados Unidos, permite la aplicación de grandes cantidades del herbicida glifosato. Al ser la planta transgénica resistente, acaba sobreviviendo sólo ésta, mientras que los microorganismos, flora y fauna locales desaparecen. Es decir, acaba con la diversidad de los ecosistemas donde se siembra, además de que el herbicida contamina suelo y agua.
Los riesgos ambientales en la siembra de cultivos transgénicos están asociados a pérdida de biodiversidad y contaminación. Hay básicamente dos transformaciones comerciales: la resistencia a insectos y a herbicidas, y en menor medida, a virus (transformación presente en la papaya). La resistencia a insectos puede tener un efecto ambiental benéfico al disminuir la cantidad de insecticida arrojado al ambiente.
A estos riesgos habría que agregar los inherentes a los extensos monocultivos transgénicos, que expresan claramente el modelo de agricultura industrial, tan apreciado por las grandes corporaciones multinacionales. Este modelo ya fue experimentado ampliamente con la Revolución Verde (RV) en la segunda mitad del Siglo XX y, si bien logró aumentos de rendimientos de algunos cultivos básicos, tuvo altos costos económicos y consecuencias ambientales y sociales negativas. Al igual que la presente agricultura transgénica, los principales promotores y beneficiarios del cambio tecnológico de la RV fueron las grandes compañías multinacionales fabricantes de los insumos.
La agricultura transgénica profundiza los rasgos del monocultivo y acentúa principalmente uno ya presente en la RV: la erosión y homogeneidad genéticas, que a la larga aumentan los riesgos ante el ataque de plagas. Una diferencia es que, al contrario de la RV, en cuanto a los cultivos transgénicos hay serias dudas respecto al aumento de rendimientos. El éxito del maíz Bt resistente a insectos y la soya transgénica resistente a herbicidas obedece, por un lado, a ciertas ventajas para el productor y, por otro, a los cuantiosos subsidios gubernamentales en el caso de Estados Unidos y la decidida promoción gubernamental en los países que los siembran masivamente. Un aspecto importante son las significativas regalías que perciben las corporaciones por concepto de propiedad intelectual. Se manifiesta así una agudización de la privatización de los recursos genéticos para la alimentación, y el poder y control de las corporaciones llega ahora a la estructura biológica más íntima: los genes.
Esto último representa una amenaza para la autonomía de los productores agrícolas que producen su propia semilla y hay casos de demandas de piratería a éstos por parte de las corporaciones, cuando sus campos se han contaminado accidentalmente. Sobre todo en plantas de polinización abierta, como el maíz, la siembra de un cultivo transgénico junto a otros que no lo son, implica que necesariamente estos últimos recibirán los transgenes por medio del polen, pese a que en la regulación se hable ahora de la "coexistencia" de ambos tipos de plantas.
Nuestro país, al ser centro de origen del maíz y ser éste es su principal alimento, además de la vecindad con Estados Unidos, se encuentra particularmente vulnerable. Desde el primer descubrimiento de transgenes en maíz en 2001, se han sucedido descubrimientos semejantes en casi todo el territorio nacional, pese a que la siembra liberalizada de estos maíces aún no está autorizada (aunque avancen las pruebas de campo y existan fuertes presiones para ello). Queda sólo a las organizaciones civiles, campesinas y ambientalistas la protección del patrimonio que significa la diversidad genética de los maíces mexicanos, pues al gobierno mexicano esto parece no importarle.
FOTO: Olmo Calvo |
Otro efecto negativo de estas nuevas plantas en México es el reciente hallazgo de transgenes de soya en miel de exportación de Campeche. Está en riesgo un nicho de mercado que ha sido beneficioso para los campesinos mayas, mientras se autorizan 250,000 hectáreas de pruebas de soya transgénica en el país, 30,000 en la península de Yucatán. El riesgo de contaminación del agua subterránea de la península con el herbicida glifosato es también muy alto si el cultivo de esta soya se expande.
Llama la atención que una tecnología con más riesgos que ventajas, como la de los cultivos transgénicos, siga siendo esgrimida como la única solución al problema del hambre en el mundo por sus apologistas (promesa que incumplió la RV) y que, en la visión de muchos de nuestros funcionarios gubernamentales, se nieguen insistentemente las virtudes de la agricultura campesina biodiversa y se promueva sin concesiones el monocultivo propuesto por las corporaciones transnacionales como la única modernización deseable para la agricultura mexicana.
Derecho a la alimentación en la ley:
¿cómo asegurar que todos coman?
Liza Covantes
• lizacovantes_99@yahoo.com
FOTO: Archivo de Proyectos |
Después de la Cumbre Mundial de Alimentación en 1996, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas convocó a expertos en temas alimentarios (agrónomos, nutriólogos, antropólogos y otros) –que desarrollaron con claridad el significado de derecho a la alimentación adecuada (DAA) para el entendimiento de los gobiernos firmantes y obligados del Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)– con la intención de que este pacto se cumpla.
La convocatoria fue también para la comprensión de los gobernados, quienes participaron en las discusiones (por medio de organizaciones civiles).
La discusión derivó en una propuesta acordada por el Comité DESC y gobiernos, denominada Observación General Número 12 sobre el Derecho a una Alimentación Adecuada, queresumo para saber qué hacer para que se cumpla el PIDESC desde varios espacios (gobierno, legisladores y con acciones de la sociedad mexicana).
El punto de partida fue el artículo 11 del PIDESC:
1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. (…) tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho…
2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán,(…) las medidas, incluidos programas concretos, que se necesitan para:
a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y(…);
b) Asegurar una distribución equitativa de los alimentos mundiales en relación con las necesidades, teniendo en cuenta la problemática de los países, ya sean importadores o exportadores de alimentos.
La Observación afirma que el DAA es inseparable de la dignidad humana; es indispensable para el disfrute de otros derechos humanos (la vida, salud, libertad, etcétera), y su cumplimiento está unido a la justicia social, pues requiere que los gobiernos adopten políticas económicas, ambientales y sociales adecuadas y orientadas a la erradicación del hambre (inmediato) y la pobreza (mediano plazo), para el disfrute del resto de los derechos (largo plazo).
Se reconocen problemas como: hambre crónica en los países pobres, y hambrunas por desastres naturales y humanos (conflictos bélicos, desplazamiento de gente de sus tierras de cultivo), derivados del deterioro ambiental y del manejo de los alimentos como arma política.
También los derivados por malnutrición (insuficiente ingesta y consumo de alimentos no sanos que llevan a perder la salud). Por ello, hace énfasis en que garantizar el "derecho a una alimentación adecuada y el derecho a estar protegido contra el hambre" significa acabar con la hambruna, la desnutrición y la malnutrición.
El documento no omite señalar que la raíz del problema del hambre y la malnutrición no está en la falta de alimento, sino en la falta de acceso a alimentos adecuados y a una injusta distribución del ingreso entre países, como dentro de éstos.
Entonces, el DAA "…se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla". Un alimento adecuado es sano (no dañinos a la salud –inocuos– y nutritivos) y contempla la cultura de la gente, no cualquier alimento al que se vea obligada a comer. Urbanos ejercen su derecho con trabajo a cambio de salario digno que permita adquirir alimentos adecuados para sí y su familia y población rural ejerce su derecho si con acceso a la tierra, otros recursos naturales y apoyos produce sus alimentos.
Para cerrar, se reconoce y comprende diferencias de condiciones de los países para que su población ejerza pleno DAA, por ello la obligación de los gobiernos para que éste y otros derechos se cumplan de manera progresiva, sin marcha atrás.
El PIDESC se aprobó en 1966 y entró en vigor en 1976; México lo ratificó en 1981, pero los gobiernos posteriores hicieron lo contrario a lo pactado. Se inició el abandono de la política para producir alimentos para consumo nacional y muchos se vieron obligados a migrar en busca de ingreso para comer, abandonando sus tierras de cultivo. En las ciudades disminuyó el consumo de alimentos nacionales, frescos y empezó la importación de alimentos ajenos a la cultura, poco nutritivos y de dudosa inocuidad.
Mientras finalizaban las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), organizaciones urbanas y campesinas, preocupadas por los cambios en la política agroalimentaria, formaron el Frente por el Derecho a la Alimentación (FDA) para defender las acciones públicas a favor de la alimentación. En 1992, el 16 de octubre –Día Mundial de la Alimentación–, hicieron la petición formal al Congreso de la Unión para el reconocimiento del derecho humano a la alimentación en la Constitución Política.
Debieron transcurrir 19 años para que la petición tuviera éxito. El 29 de abril de 2011 se aprobó la reforma constitucional.
La realidad es amarga: tenemos un campo devastado; 28 millones de personas en extrema pobreza con hambre; casi 70 por ciento de la población con sobrepeso y obesidad, esta última asociada a las cuatro primeras causas de muerte en el país (lo que implica 750 decesos al día), y algo inhumano, ¡miles de niños diabéticos antes de cumplir su primera década de vida!
Dos reformas asociadas se hicieron y así dice la Constitución:
Artículo 4°: El Estado tiene la obligación de garantizar eficientemente el acceso de toda persona a una alimentación suficiente y de calidad, que le permita satisfacer sus necesidades nutricionales que aseguren su desarrollo físico y mental.
Artículo 27, que adiciona un párrafo a su fracción XXl: El desarrollo rural integral y sustentable (…) también tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.
¿Qué sigue para que el DAA se cumpla? Hay tareas legislativas pendientes: la construcción de una ley general del derecho a la alimentación y reformar varias para hacerlas congruentes, así como aprobar presupuestos etiquetados para producir comida sana y para que se consuma. Diputados y senadores salientes, junto con sociedad civil, conformaron un Frente Parlamentario contra el Hambre y se espera sea retomado por los legisladores entrantes.
El gobierno nuevo tendrá que rediseñar la política agroalimentaria bajo el cumplimiento de derechos humanos y se esperaría que esto se haga con participación civil, de tal forma que se resuelvan los problemas alimentarios que vivimos.
También hay muchas tareas para la sociedad civil, en aras del cumplimiento del DAA para toda la población, así como la denuncia, si se omite, obstaculiza o se viola el derecho.
--Miguel Leopoldo Alvarado
Fundador y Presidente
No hay comentarios:
Publicar un comentario